La mayoría de las oportunidades en nuestra cartera de inversiones son cesiones de derechos. De estas ya te hemos hablado, pues se trata de los llamados “remates”. Sin embargo, no todas las cesiones de derechos son iguales. Existen adjudicatarias y litigiosas. Hoy te daremos a conocer las diferencias entre ambas, para que elijas la inversión perfecta para ti.
Cesión de derechos adjudicatarios
En este tipo de créditos, la propiedad ya ha sido rematada por el juez y por lo tanto se ha adjudicado a la institución financiera que está a cargo. Sin embargo, aún no se encuentra escriturada a nombre de dicho organismo. Esto significa que el bien inmueble se remata en el momento previo a la escrituración, con un valor de aproximadamente un 70% del precio original.
Cesión de derechos litigiosos
Por su parte, los derechos litigiosos son aquellos que se encuentran en la fase previa al proceso judicial. Es decir, en este caso, la institución financiera pone como oportunidad de inversión los derechos de la demanda judicial en contra del deudor. De esta manera, el bien inmueble se remata aproximadamente a un 60% del precio original. En este tipo de cesiones, si bien se trata de un proceso más tardado y complejo, el costo se reduce, por lo que el retorno será mayor.
La mejor parte para cualquiera de estos dos tipos de cesiones, es que en Adamantine trabajamos para asegurar los mejores resultados en cada proceso. Por ello, te invitamos a que prepares tu inversión con toda la información que te aportamos constantemente y nos contactes para poner tu capital en una nueva oportunidad.
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